Lucioperca en España: hábitat y técnicas de pesca
Equipo albur
Respuesta rápida. Lucioperca (Sander lucioperca): embalses donde vive, pesca a vinilo con cabeza plomada, horas buenas y normativa por comunidad.
Cómo es y dónde vive
La lucioperca (Sander lucioperca) es un pércido de Europa central y oriental introducido en España. Vive en grandes embalses y ríos lentos con aguas algo turbias. Es un depredador de fondo, muy activo en penumbra: amanecer, atardecer y noche. FishBase recoge ejemplares de hasta unos 100 cm.
Sus datos por sitio en albur son pocos (especie mal recogida en el Atlas), así que las fichas que se citan abajo son puntos de partida, no un inventario completo.
Cuándo y cómo se pesca
- Otoño e invierno: buena época, cerca del fondo en canales y puntas.
- Horas: penumbra y noche.
- Técnica: spinning con vinilo y cabeza plomada a saltos sobre el fondo, y drop shot. También pesca a fondo con pez muerto donde esté permitido.
Cebos y señuelos
- Vinilos tipo shad o finesse de 7–12 cm.
- Cabezas plomadas de 7–21 g según profundidad.
- Minnows de inmersión profunda.
Ver también: señuelos de agua dulce.
Dónde pescar lucioperca en España
albur tiene 21 fichas con registro directo de lucioperca y 26 con presencia en la cuadrícula del Atlas de MITECO.
Fichas de albur con al menos un registro directo de lucioperca (observación verificada en GBIF/iNaturalist o dato oficial de la comunidad). Que haya un registro no garantiza capturas: es una pista para empezar.
- Río Omecillo (Burgos)
- Embalse de Los Rábanos (Soria)
- Embalse del Castro de Las Cogotas (Ávila)
- Embalse de Morea (Navarra)
- Ubarro (Álava)
- Río Tumecillo (Álava)
Ficha de la especie: Lucioperca en albur.
Normativa
Es una especie incluida en el Catálogo español de especies exóticas invasoras (Real Decreto 630/2013). Eso no significa lo mismo en todas partes: cada comunidad decide dónde se puede pescar y qué hay que hacer con el ejemplar. En unas aguas la norma obliga a sacrificarlo y prohíbe devolverlo; en otras se permite la captura y suelta. Antes de pescar, mira la fila de tu comunidad en la tabla y abre su boletín.
Lo que dicen las órdenes de pesca para lucioperca, comunidad a comunidad:
| Ámbito | Qué dice la norma | Artículo | Boletín |
|---|---|---|---|
| Aragón | Régimen de invasora: captura y suelta voluntaria solo en las aguas del Anexo XII; fuera de ellas prohibida la captura intencionada y, si es accidental, sacrificio (Sin cupo ni tallas (Arts. 16 y 17)) | Art. 14.1; Art. 15.2; Anexo XII | enlace |
| Castilla-La Mancha | Régimen de invasora: control de poblaciones mediante la pesca; solo en las áreas del Anexo III; captura accidental fuera de ellas: sacrificio inmediato | Art. 5.3; Anexo I | enlace |
| Cataluña | Régimen de invasora: pesca solo en áreas del anexo VI; sacrificio obligatorio (Especie exótica invasora: solo se pesca dentro de las áreas del anexo VI; todo ejemplar se sacrifica y no se puede devolver ni guardar vivo) | 4.2, 4.4 | enlace |
| Extremadura | Régimen de invasora: invasora en todos los casos: prohibido devolverla viva, poseerla, transportarla o comerciar con ella viva | Art. 5 y anexo I, tabla II | enlace |
| Comunidad de Madrid | Régimen de invasora: objeto de pesca como control; sin talla ni cupo; no se puede devolver al agua (Especie exótica invasora objeto de pesca) | Art. 25.5, 25.6; Anexo I.c | enlace |
| Región de Murcia | Régimen de invasora: solo en el río Segura, el canal del trasvase Tajo-Segura y los embalses de El Mayés, La Cierva y Algeciras; prohibido devolverla | Art. 3.1.b | enlace |
| Navarra | Cupo: 0 (pesca no autorizada; si se captura, se sacrifica) | Especies exóticas invasoras | enlace |
| País Vasco (Bizkaia) | Cupo: 0 (Bizkaia: pesca prohibida; carpa, gambusia, lucio, perca, pez sol, siluro y tenca: si se capturan por accidente, sacrificarlas y comunicarlo) | Anexo I.b | enlace |
| España | Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras. La norma estatal no obliga expresamente a sacrificar: prohíbe poseer, transportar y comerciar ejemplares vivos (RD 630/2013, art. 7.1; Ley 42/2007, art. 64.5), prohíbe devolver al medio natural los ejemplares extraídos (art. 7.3) y prohíbe usarlos como cebo vivo o muerto en aguas continentales (art. 7.4). Su pesca como medio de control solo es posible en las áreas de distribución anteriores a la Ley 42/2007 que delimite cada comunidad (Ley 42/2007, art. 64 ter.1-3, Ley 7/2018). | RD 630/2013, arts. 7.1, 7.3 y 7.4 y anexo; Ley 42/2007, arts. 64.5 y 64 ter | enlace |
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la mejor época para pescar lucioperca?
Otoño e invierno: buena época, cerca del fondo en canales y puntas.
¿Qué cebo es mejor para lucioperca?
Vinilos tipo shad o finesse de 7–12 cm.
¿Hay que sacrificar el lucioperca si lo pesco?
Depende de la comunidad y del tramo. En algunas aguas la norma obliga a sacrificarlo y prohíbe devolverlo; en otras permite la captura y suelta. Mira la tabla de normativa de esta guía y el boletín de tu comunidad.
Fuentes
- FishBase: Sander lucioperca
- Real Decreto 630/2013, Catálogo español de especies exóticas invasoras (BOE)
- Normativa de pesca: Aragón
- Normativa de pesca: Castilla-La Mancha
- Normativa de pesca: Cataluña
- Normativa de pesca: Extremadura
- Normativa de pesca: Comunidad de Madrid
- Normativa de pesca: Región de Murcia
- Normativa de pesca: Navarra
- Normativa de pesca: País Vasco (Bizkaia)
- Atlas y Libro Rojo de los Peces Continentales de España (MITECO)
- Registros de ocurrencia: GBIF
Resumen divulgativo. La normativa citada no sustituye al texto oficial: si hay discrepancia, prevalece el boletín.