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Perfil

Normativa de pesca en Región de Murcia

Para pescar en ríos y embalses de la Región de Murcia necesitas la licencia de pesca fluvial de la Comunidad Autónoma, que se solicita en su sede electrónica, o la licencia interautonómica.

Los periodos hábiles y vedas de 2026 están en la orden publicada en el BORM n.º 100, de 4 de mayo de 2026. En cotos necesitas además el permiso correspondiente.

Si pescas en el mar (playa, puerto, espigón o acantilado), además de la licencia de pesca marítima de recreo tendrás que registrarte y declarar capturas en PescaREC, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. PescaREC no se aplica en ríos ni embalses.

Enlaces oficiales

Última comprobación de los enlaces: 29/10/2026. La norma oficial manda: si algo de esta página no coincide con el boletín, vale lo que diga el boletín.

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Algunos sitios de pesca en Región de Murcia

Preguntas frecuentes

¿Dónde consulto la norma de pesca de Región de Murcia?
En los enlaces de «Normas oficiales en vigor», que llevan al boletín o a la sede oficial.

¿Sirve mi licencia de otra comunidad en Región de Murcia?
Solo si es la licencia interautonómica y la comunidad está adherida al convenio, o si la norma lo prevé. Revísalo en la guía de licencia.